DONACIONES Y FINANCIACIÓN DE PROGRAMAS

Mecenazgo. La empresa que desee colaborar con los fines sociales de la Asociación Argadini y apoyar a la entidad en su conjunto, podrá hacerlo realizando una aportación económica regular. También pueden realizarse donaciones puntuales.
Financiación de Programas. La empresa colaboradora puede optar por realizar una donación para financiar uno o varios programas de la Asociación Argadini. Esta financiación puede ser total o parcial y pueden también financiarse eventos regulares de la Asociación.
Argadini. Donación de bienes, materiales o servicios. El desarrollo de nuestra actividad general y de los programas supone una gran inversión en materiales. La empresa que lo desee puede colaborar donando materiales o bienes o prestando servicios.

Beneficios de la colaboración

  • La Asociación Argadini es una entidad declarada de Utilidad Pública por lo que tiene la garantía del Estado de que las aportaciones recibidas se destinan a una asociación solvente que trabaja por el bien común.
  • Las organizaciones que colaboren podrán acogerse a los beneficios fiscales, según lo establecido en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

De esta manera se pueden beneficiar de una deducción en cuota en el Impuesto de Sociedades. El porcentaje de deducción es del 35% que puede incrementarse hasta el 40% para las donaciones por el mismo importe o superior a una misma entidad durante al menos tres años.

  • Aquellas empresas que decidan colaborar con la Asociación Argadini contarán con el reconocimiento público de su aportación.